martes, 2 de enero de 2018

¿Podemos rechazar la Enseñanza Magisterial si no se creía siempre, en todas partes y por todos?





¿Podemos rechazar la Enseñanza Magisterial si no se creía siempre, en todas partes y por todos?


El Verdadero Significado del Canon Vicentino


Desinflando otro mito de la "resistencia": ¿Podemos rechazar la Enseñanza Magisterial si no fue creía "siempre, en todas partes y por todos"?

"Catolicismo de Cafeteria" es una etiqueta apropiada, que se usa a menudo, para describir la posición adoptada por los modernistas abiertos y por otros liberales pseudo-católicos (como Joe Biden, Nancy Pelosi o John Kerry) que gustan de escoger qué enseñanzas de la Iglesia aceptar y cuáles rechazar. Por lo general, lo que se acepta es aquello que se percibe como políticamente correcto, oportuno o simplemente inofensivo (por ejemplo, la existencia de Dios, la importancia y el poder de la oración, la realidad del Cielo o la importancia del amor al prójimo), mientras que lo que se rechaza son aquellas enseñanzas que son políticamente incorrectas, ofensivas para el hombre moderno, o de alguna manera inconvenientes o gravosas (por ejemplo, la necesidad de la Iglesia Católica para la salvación, la prohibición de adorar junto a los no católicos, la realidad del infierno, la indisolubilidad del matrimonio, y la mayoría de los otros pecados contra el Sexto y el Noveno Mandamiento).

Pero cuando se trata de los adherentes de la posición tradicionalista "reconocer y resistir" (incluyendo conocidos a escritores como John Vennari, Michael Matt, Atila S. Guimaraes, sacerdotes de la Fraternidad San Pío X y otros), que aunque reconocen como válidos y legítimos a los "Papas" después de Pío XII, sin embargo, se resisten a sus herejías doctrinales y a sus errores -nos gustan llamarlos Semi-Tradicionalistas, Pseudo-Tradicionalistas o Neo-Tradicionalistas- es interesante ver que en esencia no están haciendo nada diferente a sus homólogos liberales: están eligiendo aceptar algunas enseñanzas de la Iglesia (todas desde el principio hasta la muerte del Papa Pío XII en 1958, pero no otras, y nada después de Pío XII (por ejemplo, las enseñanzas del Concilio Vaticano II y del Magisterio posconciliar) que son rechazadas o bien aceptadas sólo con graves reservas (una tercera alternativa popular, tan ingeniosa como falsa, es insinuar la afirmación de que no ha habido ningún contenido doctrinal discernible emitido durante o desde el Concilio Vaticano II, al que se pudiera estar obligado o no adherirse - una salida muy conveniente que ahorra la humillación de tener que admitir que uno realmente no es diferente de la Liberales cuando se trata de rechazar el consentimiento a lo que la jerarquía católica supuestamente legítima está enseñando y legislando).

Por supuesto, los Semi-tradicionalistas no rechazan el Vaticano II y la enseñanza posconciliar sin intentar justificar su resistencia. De ninguna manera creen estar en el mismo barco que sus homólogos liberal-modernistas, porque su razón declarada para resistir la enseñanza de la iglesia de Novus Ordo es que ésta no está en consonancia con la Tradición Católica, sino que en realidad la contradice. Por eso se llaman a sí mismos tradicionalistas, porque sostienen - así piensan - la Tradición de la Iglesia.


¿Pero realmente lo hacen?

Si bien su motivo puede ser noble (resguardarse a sí mismos y a otros de ser infectados con la herejía o la novedad profana), y en este asunto se distinguirían significativamente de sus homólogos liberales, sin embargo su acción es de la misma naturaleza que la de los abiertamente liberales: Ellos están rechazando el asentimiento o el cumplimiento de lo que se les impone en términos de enseñanza, adoración y/o disciplina por la institución, que sostienen que es la Iglesia Católica de nuestro Señor Jesucristo.

En apoyo de su posición, los Resistentes se imaginan tener un amigo en San Vicente de Lerins, monje del siglo quinto y autor de un célebre tratado defendiendo la fe católica contra la novedad herética. Su obra, escrita en 434 dc bajo el pseudónimo de Peregrino, se conoce como Commonitorium Contra las Herejías, llevando como subtítulo: "Por la antigüedad y la universalidad de la fe católica contra las novedades profanas de todas las herejías". En esta obra, San Vicente establece lo que se conoce como el "Canon Vincentiano" ("canon" que significa "regla"), una fórmula que sirve como una bara de medición de la ortodoxia durante un tiempo de controversia doctrinal. Cuando surge una disputa acerca de una opinión teológica particular que aún no ha sido resuelta por la Iglesia, la aplicación del canon de San Vicente asegura que uno se aferre a la verdadera doctrina y no se desvíe.

Este canon se encuentra en varios lugares en el Commonitorium del santo, pero sólo citaremos los dos pericopes más claros y perspicaces:

[Del capítulo 2]
En la Iglesia Católica hay que poner el mayor cuidado para mantener lo que ha sido creído en todas partes, siempre y por todos. Esto es lo verdadera y propiamente católico, según la idea de universalidad que se encierra en la misma etimología de la palabra. Pero esto se conseguirá si nosotros seguimos la universalidad, la antigüedad, el consenso general. Seguiremos la universalidad, si confesamos como verdadera y única fe la que la Iglesia entera profesa en todo el mundo; la antigüedad, si no nos separamos de ninguna forma de los sentimientos que notoriamente proclamaron nuestros santos predecesores y padres; el consenso general, por último, si, en esta misma antigüedad, abrazamos las definiciones y las doctrinas de todos, o de casi todos, los Obispos y Doctores....

[Del capítulo 29]
También he afirmado que en la misma Iglesia es necesario tener en cuenta la universalidad y la antigüedad, con el fin de que no nos suceda que nos separemos de la unidad del conjunto y acabar, disgregados, en el fragmentarismo particularista del cisma, o precipitarnos, desde la fe antigua, en novedades heréticas. He dicho además, en cuanto a la antigüedad, que es preciso a toda costa tener presente dos cosas y adherirse a ellas profundamente, si no queremos convertirnos en herejes; primero: ver si ha habido antiguamente algún decreto por parte de todos los obispos de la Iglesia Católica, emanado bajo la autoridad de un concilio universal; después, en el caso de que surja una cuestión nueva, en torno a la cual no se encuentre nada definido, recurrir a las sentencias de los Padres, pero sólo a aquellos que, por haber permanecido, en su tiempo y lugar, dentro de la unidad de la comunión y de la fe, se han convertido en maestros probados. Todo lo que se encuentre que ha sido por ellos mantenido con unanimidad de sentir y de consenso puede ser sometido sin temor alguno como expresión de la verdadera fe católica.
(San Vicente de Lerins, Commonitorium Contra las Herejías)

El Canon de San Vicente sostiene entonces que tres criterios pueden establecer la ortodoxia y la catolicidad de una enseñanza, haciéndola enteramente segura: que ha sido enseñada y creída "siempre, y en todas partes, y por todos" (quod sempre, quod ubique, Quod ab omnibus). En realidad, es más correcto decir dos criterios, en lugar de tres, en la medida de que "por todos" está incluido tanto en el "siempre" como en el "en todas partes", y en el capítulo 29 San Vicente mismo condensa los criterios a dos: Universalidad y antigüedad. Universalidad se refiere a una doctrina que se cree y se enseña en todas partes, mientras que la antigüedad se refiere a que se cree y se enseña desde el principio. Otra manera de decirlo sería decir que los criterios son la universalidad en el espacio y la universalidad en el tiempo .

La cuestión crucial que debe plantearse ahora es si cualquiera de las dos condiciones -la de la universalidad en el espacio o la de la universalidad en el tiempo- es por sí sola suficiente para permitir que se acepte con seguridad una doctrina católica o si ambas condiciones deben ser satisfechas simultánemante, de tal manera de que si una doctrina falla la prueba de uno de estos dos criterios, puede o debe ser rechazada.

Es aquí donde los semi-tradicionalistas se equivocan gravemente, y están en mala compañía, como veremos.

De hecho, los Resistentes Semi-Tradicionalistas sostienen que los dos criterios especificados por San Vicente deben ser cumplidos para que una doctrina sea considerada católica y legítimamente parte del Magisterio de la Iglesia: Sólo si una doctrina es universal en el espacio y en el tiempo, Es verdaderamente una enseñanza católica que es vinculante para los fieles.


La importancia de resolver correctamente esta dificultad no puede ser sobrestimada, no sólo porque siempre estamos obligados a someternos a lo que enseñan nuestros pastores legítimos, especialmente cuando hay un acuerdo unánime entre ellos, sino también porque el Magisterio universal ordinario es infalible en materias establecidas como divinamente reveladas - no menos infalible que las definiciones solemnes y los pronunciamientos ex cathedra:

Por tanto, deben ser creídas con fe divina y católica todas aquellas cosas que están contenidas en la Palabra de Dios, escrita o transmitida, y que son propuestas por la Iglesia para ser creídas como materia divinamente revelada, sea por juicio solemne, sea por su magisterio ordinario y universal.
(Primer Concilio Vaticano, Constitución dogmática Dei Filius , capítulo 3, Denz., 1792)


Vemos, pues, que el Magisterio ordinario es infalible cuando se ejerce "universalmente", tanto más razón para entender si por esta "universalidad" se entiende la extensión en el espacio o la extensión a través del tiempo.

Veamos ahora cómo los partidarios de la posición de reconocer y resistir responden a esta pregunta:

La primera fuente que citaremos es Fr. Rene Berthod, cuyo ensayo de 1980 sobre el Magisterio ordinario es citado y firmente seguido por la FSSPX.

En resumen: el magisterio ordinario de la Iglesia es infalible cuando es verdaderamente universal (en el espacio y en el tiempo), es decir, cuando está en conformidad y continuo con la enseñanza de la fe de la Iglesia.
(Canon Rene Berthod, "La Infalibilidad del Magisterio Ordinario de la Iglesia", en el Papa o en la Iglesia?) [Kansas City, MO: Angelus Press, 2006]


No es de extrañar que el fundador de la SSPX, el arzobispo Marcel Lefebvre, también haya difundido este dañino error, convirtiéndolo en un principio fundamental de su teología de la resistencia:

¿Cuál es el criterio para juzgar si el Magisterio ordinario es infalible o no? Es la fidelidad a toda la tradición. En caso de no conformarse con la tradición, ni siquiera estamos obligados a someternos a los decretos del propio Santo Padre. Lo mismo sucede con el Concilio. Cuando se adhiere a la tradición debe ser obedecida ya que representa al Magisterio ordinario. Pero en el caso de introducir medidas que no estén de acuerdo con la tradición, hay una libertad de elección mucho mayor, por lo tanto no debemos temer evaluar hoy los hechos porque no podemos dejarnos arrastrar por la ola del modernismo que podría en riesgo nuestra fe y nos convierten involuntariamente en protestantes.
(Marcel P. Lefebvre, Un Obispo Habla, citado en Michael Davies, Pope John's Council [Dickinson, TX: Angelus Press, 1977]

Más recientemente, encontramos el mismo error repetido por el historiador e la Iglesia "Novus Ordo" Roberto de Mattei:

Las condiciones necesarias para la infalibilidad del Magisterio Ordinario Universal son que se trata de una doctrina con respecto a la fe o la moral, enseñada autoritativamente en declaraciones repetidas por los Papas y los obispos, con un carácter indiscutible y vinculante.
La palabra universal se entiende no en el sentido sincrónico de una extensión del espacio en un período histórico particular, sino en el sentido diacrónico de la continuidad del tiempo, para expresar un consenso que abarca todas las épocas de la Iglesia (el cardenal Joseph Ratzinger, Nota doctrinal ilustrativa de la fórmula concluyente de Professio fidei, 29 de junio de 1998, nota 17).
(Roberto de Mattei, "El Sínodo y el Magisterio Ordinario de la Iglesia", Corrispondenza Romana [10 de diciembre de 2014], traducido por Francesca Romana para Rorate Caeli, subrayado.)

Estas citas serán suficientes. Otras fuentes en las que se menciona o implica este error incluyen: Rev. Chad Ripperger, "La fuerza obligatoria de la tradición" (Sensus Traditionis Press, 2013), pp. 20, 30n .; Romano Amerio, "Iota Unum: Un estudio de los cambios en la Iglesia católica en el siglo XX", 2da ed., Trans. Por el P. John P. Parsons (Sarto House, 1996), páginas 711 - 712; Y Christopher A. Ferrara y Thomas E. Woods, Jr., "La Gran Fachada" (Wyoming, MN: The Remnant Press, 2002), p. 39.

Está claro, pues, que los Resistentes mantienen y promueven la idea de que si la antigüedad (universalidad en el tiempo) no se encuentra para una doctrina particular propuesta por el Magisterio Católico, entonces un Católico es libre -quizá incluso obligado- de rechazar eso. La razón por la cual los Resistentes se aferran a este error es clara: es el fundamento necesario que legitima toda su posición teológica de aceptar a los antipapas del Vaticano II como válidos mientras se libran de la inconveniente carga de tener que someterse realmente a su enseñanza. Como John Lane ha señalado: "... la capacidad de reducir el magisterio ordinario a "lo que se ha enseñado siempre, en todas partes y por todos", es extremadamente atractivo si se trata de defender a las autoridades conciliares como jerarquía de la Iglesia Católica" (John Lane, "Concerning a SSPX Dossier on Sedevacantism", página 74).

Habiendo establecido que el Canon de San Vicente admite más de una interpretación prima facie y que los neo-tradicionalistas han elegido claramente la interpretación que se adapte a su posición de resistencia, ahora nos queda probar nuestra posición, a saber, que la regla dada por San Vicente sostiene que cualquiera de las dos condiciones, la universalidad en el espacio o en el tiempo, basta para hacer a una doctrina católica y parte del magisterio ordinario universal (y por lo tanto infalible).

Como siempre, no estamos pidiendo a nadie que tome nuestra mera palabra para esto. El eminente Cardenal Johannes B. Franzelin, SJ , escribió sobre el verdadero significado de la regla establecida por San Vicente de Lerins en su gran obra erudita De Divina Traditione et Scriptura, publicada en Roma en 1875. Estamos poniendo a disposición el original latino Así como una traducción al inglés de la Tesis XXIV del estudio de Cardenal Franzelin, en el siguiente archivo:


"El Verdadero Sentido del Canon Vicenciano" 
Por el Cardenal Johann Baptist Franzelin, SJ 
(Haga clic aquí para descargar / formato PDF; ~ 25 MB)


La traducción en inglés es del Prof. CA Heurtley, DD, y se toma de la edición bilingüe latino-inglesa del "Commonitorium Against Heresies" de San Vicente de Lerins, págs. 166-173. Obtuvimos el original latino, que hemos añadido como parte del archivo PDF descargable enlazado arriba, de una biblioteca teológica, pero hay una copia electrónica gratuita disponible en línea aquí.

En este tratado, que esperamos que todos lean, Su Eminencia explica que el verdadero sentido del Canon Vicenciano consiste en que la apostolicidad de una doctrina está suficientemente establecida por su antigüedad o por su consenso universal en toda la Iglesia en cualquier momento dado. Esto es evidente, explica el cardenal, a partir de las mismas palabras de San Vicente cuando se las ve en su contexto inmediato, pero también a la luz de un estudio de todo el Commonitorium.


Si el pasado es una indicación, no faltará ahora un número de individuos que objeten: "¡Pero ésta es sólo la opinión del cardenal Franzelin!" A lo que respondemos, primero, que no es simplemente la "opinión" del cardenal Franzelin, como demostraremos en un momento; Y en segundo lugar, que aunque fuese meramente su opinión, nos convendría a todos nosotros, que seríamos, digamos, un poco menos educados en la Teología Sagrada, que el cardenal Franzelin, adherir a su opinión más que a nuestra. Las obras del cardenal Franzelin se utilizaron en la educación de los sacerdotes en las universidades pontificias romanas, algo que no puede decirse de los libros de Monseñor Lefebvre, o Michael Davies, o (¡ay!) John Salza.

Pero, por supuesto, el cardenal jesuita austríaco no está solo en su correcta comprensión del Canon Vicentino. Monseñor Gerard van Noort, en su tercer tomo sobre teología dogmática, también establece el registro de la regla de San Vicente - y señala que las personas que en el pasado lo interpretaron en el mismo sentido restrictivo que los Resistentes de hoy, fueron los herejes "viejos católicos" en el siglo XIX, que rechazaron el Primer Concilio Vaticano:

Scholion. El valor teológico de los monumentos de la tradición en general. El canon de San Vicente.
1. Sobre la base de las observaciones anteriores, es fácil resolver la cuestión del valor de los monumentos antiguos [= credos, definiciones solemnes, libros litúrgicos, escritos de teólogos, etc. 162] en su conjunto para la identificación de una tradición genuina. Su valor es proporcional a la prueba que ofrecen por el hecho de que en un momento u otro el magisterio eclesiástico estaba en acuerdo moralmente unánime sobre alguna doctrina u otra revelada. Constituyen un argumento convincente, entonces, (a) cada vez que dan testimonio de una definición solemne del magisterio infalible con respecto a una verdad revelada; (B) siempre que ofrecen una prueba segura del acuerdo moralmente universal del magisterio mundial sobre una doctrina revelada. Para asegurar este efecto basta a veces tener monumentos que pueden ser pocos en número pero que son conocidos por circunstancias especiales para representar la creencia de la Iglesia universal.
Por otro lado, cuando los monumentos disponibles no tienen el peso suficiente para probar el acuerdo de la antigüedad, o cuando muestran positivamente que este acuerdo no existió en un momento dado, no se puede saltar inmediatamente a la conclusión de que esta doctrina no pertenece a la Tradición apostólica. En el primer caso, podría haber habido un acuerdo bastante explícito y claro, sin que se demostrara en los documentos escritos, ya que no todo se ha encontrado en la escritura y no todo se ha conservado. En cuanto al segundo caso, hay que señalar que no todo lo que formalmente está contenido en la Tradición apostólica siempre fue enseñado clara y explícitamente en la Iglesia. Hay un progreso muy real en el conocimiento y la formulación de la revelación cristiana, punto que se abordará expresamente en el Tratado sobre la Fe. Una vez más, una explicación completa de los asuntos contenidos en el depósito de la revelación sólo de forma más o menos vaga o implícita no suele ser resuelta sin una discusión, y tal discusión a veces puede durar un buen rato. En el caso de verdades como ésta, el criterio seguro y fiable de la Tradición es el acuerdo gradualmente creciente y, finalmente, perfectamente armonioso del magisterio vivo, al cual se prometió al Espíritu Santo no sólo para la salvaguarda material sino también para la explicación De la Tradición. Los documentos de la antigüedad, entonces, son de valor en la medida en que muestran que el frondoso árbol de la creencia actual creció hasta su actual estado, bajo el cuidado tierno de jardineros autorizados, de la semilla de la antigua fe.
2. Es a la luz de lo que antecede que debe dictarse sentencia sobre el canon elaborado por Vincent Lerins (434 dC), que fue objeto de muchos abusos por parte de nuestros adversarios, especialmente en el momento de la Concilio Vaticano. El canon dice así: "Se debe tener mucho cuidado de que tengamos lo que se ha creído en todas partes, siempre y por todos, porque esto es verdad y propiamente católico". La intención de Vicente fue dar a los individuos un criterio para discernir la Verdad en el caso de una controversia que acababa de surgir y que aún no había sido decidida solemnemente por el magisterio.
Enunció los siguientes principios: (a) si sólo unos pocos están en desacuerdo, uno debe seguir el acuerdo moralmente unánime de las iglesias tal como se expresa actualmente: "acuerdo de la totalidad" ; Pero (b) si hay muy pocos en desacuerdo (de modo que en la actualidad no se percibe un consenso moralmente unánime), uno debe resistir el acuerdo que se obtuvo antes de la controversia surgiera: "acuerdo de la antigüedad".
Ahora bien, esta regla empírica, aunque a veces es difícil de aplicar, está bastante bien en el sentido afirmativo: cuando el acuerdo sobre una doctrina tal como se ha revelado existe actualmente o existió anteriormente, debe ciertamente seguirse. Pero no es válida en el sentido exclusivo: no es anteriormente imposible tener una doctrina «verdadera y propiamente católica», es decir, revelada, sobre la cual el acuerdo explícito no existe en la actualidad y no existía antes. El propio San Vicente no quería decir, ciertamente, que su canon se tomara en el sentido exclusivo, puesto que en la misma obra reconoce y alaba claramente el desarrollo de la fe mediante una enseñanza progresivamente más clara y lúcida de la antigua verdad .
Debe tenerse en cuenta, además, que Vicente no entendió su canon, incluso en el sentido afirmativo, como requiriendo un acuerdo absolutamente unánime, y menos aún lo propuso como una norma para la aceptación o rechazo de las decisiones doctrinales del magisterio vivo. Cualquier apelación a su autoridad por parte de la secta "viejo católica" es, en consecuencia, equivocada y sin sentido.
Por supuesto, puede parecer sorprendente que San Vicente no remitiera a sus lectores al juicio del pontífice romano. Pero hay que recordar, en primer lugar, que estaba tratando el caso de una nueva controversia sobre la cual todavía no se había emitido ninguna decisión solemne. Recordemos también que en aquel tiempo la doctrina de la infalibilidad del pontífice romano todavía no había recibido el completo y brillante tratamiento científico que los siglos posteriores le darían. Los católicos actuales están bastante familiarizados con el hecho de que esta prerrogativa pertenece al propio Papa como distinta (pero no separada) del colegio episcopal; Pero los de una edad más temprana estaban más inclinados a considerar al Sumo Pontífice como unido con el cuerpo episcopal. Es en gran medida una cuestión de énfasis.
(Monseñor G. van Noort, Teología Dogmática III: Las Fuentes de la Revelación [Westminster, MD: The Newman Press, 1961], págs. 163-166, 159-160, cursivas dadas, En parte en línea aquí.)

Así pues, vemos que van Noort está totalmente de acuerdo con el cardenal Franzelin, e incluso añade que fueron los llamados viejos católicos quienes utilizaron la misma falsa interpretación del Canon de San Vicente que usan hoy los semi-tradicionalista siendo que los Viejos Católicos lo utilizaron para rechazar el Vaticano I y la infalibilidad papal, mientras que el uso de los Resistentes es rechazar el Vaticano II y las enseñanzas postconciliares!

¿No lo cree? Hicimos algunas investigaciones y descubrimos que el más prominente católico, el hereje y el cismático Johann Joseph Ignaz von Döllinger - excomulgado en 1871 - utilizó el Canon Vicenciano precisamente en la forma en que los semitradis- Legítimamente enseñar lo que ya se ha enseñado "siempre, en todas partes, por todos". Él formula este argumento en una obra que escribió bajo el seudónimo de "Janus", titulado El Papa y el Concilio (véase pp. 46, 89 del Papa y el Concilio , 2ª edición [Nueva York: Scriber, Welford and Co. , 1869]). Estamos deliberadamente no vinculando a esta fuente porque el libro ha sido puesto en el Índice de Libros Prohibidos por la Santa Sede, y no está permitido ser leído por los católicos sin una dispensación especial.

El libro de Dollinger fue refutado un año más tarde por Anti-Janus del Cardenal Joseph Hergenrother : Una Crítica Historico-Teológica de la Obra titulada "El Papa y el Concilio" . En la página 250, Hergenrother se refiere a la utilización de Dollinger del Canon Vicentino y afirma: "El Canon de Vincente Lerins no es sólo para ser entendido de lo que se cree explícitamente, Él, como otros autores eclesiásticos, asume expresamente un progreso incluso en asuntos de fe ".

Este es un punto clave, porque ni el Cardenal Franzelin, ni Mons. Van Noort, ni nosotros estamos diciendo que el Magisterio Católico pueda enseñar cualquier doctrina que pueda suscitarse en la fantasía del Papa o de los obispos. La doctrina, por supuesto, debe estar contenida en el antiguo depósito de la fe confiado por nuestro Señor Jesucristo a sus santos apóstoles. Pero si acaso es parte del Depósito de Fe o no, no es para cada creyente determinarlo después del hecho (a posteriori). Más bien, lo que enseñan es divinamente garantizado para ser parte del Depósito de la Fe (cuando es infalible), o al menos consonante con ella (cuando no es infalible).

Podemos decir así que la universalidad en el tiempo no es un criterio a posteriori que se aplique a la enseñanza magisterial por cada católico individualmente después de que se haya promulgado esa enseñanza, lo que haría nuestra determinación privada (y no infalible!) respecto de la pertenencia al depósito de la fe, en una condición de la que depende nuestra aceptación de dicha doctrina. Más bien, la conformidad con la Tradición es el efecto de una doctrina que se enseña universalmente en el espacio ("en todas partes... por todos") hoy.

Al evaluar si una doctrina establecida por la legítima jerarquía católica en unión con el Papa debe ser aceptada, difícilmente se puede poner como condición al contenido de la doctrina, pues esto nos implicaría en un razonamiento circular, pues nos obligaría a Conocer la verdad aparte de la autoridad de la enseñanza católica legítima - por no hablar de antemano. Pero la posición adoptada por los Resistentes reduce el Magisterio de la Iglesia a no ser más que un órgano de repetir lo que ya se conoce, dotado de una pseudo-infalibilidad inútil que se disfruta cada vez que se promulga algo que es correcto. Pero este tipo de "autoridad" e "infalibilidad" es disfrutado por todos, incluso protestantes, paganos y ateos - de acuerdo con la comprensión Semi-Tradi de las cosas, estas personas también son infalibles y deben ser escuchadas cuando lo que dicen es correcto, ¿No es necesario?

Este punto se explica muy bien en una charla perspicaz del P. Gabriel Lavery, que toca toda la controversia sobre el Canon Vicentino y cita aún más fuentes que las que tenemos aquí que confirman la posición del cardenal Franzelin y de Mons. Van Noort. Además, expone maravillosamente la confianza y confianza infantil que un católico puede y debe tener en la verdadera Iglesia:




Esta conferencia fue dada en 2011 en la conferencia anual de Fátima organizada por los sedevacantistas en el Monte San Miguel en Spokane, Washington. Esperamos que todos nuestros lectores escuchen este audio muy gratificante, que aquí se pone a disposición gratuitamente, cortesía de los Sermones Católicos Tradicionales.

Como hemos demostrado, los Resistentes Semi-Tradicionales tienen cosas completamente invertidas. La Iglesia garantiza que si todos los obispos de todo el mundo en unión con el Papa enseñan algo como divinamente revelado hoy, entonces no sólo es vinculante, sino incluso infalible, y es necesariamente parte del Depósito de la Fe, es decir, creído y enseñado antes, aunque no necesariamente explícitamente, sino quizás simplemente implícitamente.

Sabemos que tal enseñanza está contenida en el Depósito de la Fe porque los obispos la están enseñando en unión con el Papa en cualquier punto dado. Así es como funciona la Iglesia: esta es la Iglesia que nuestro Señor estableció como la guía segura e infalible para nuestras almas, "la columna y el fundamento de la verdad" (1 Tim 3:15), "que ya no seremos más niños Echados de un lado para otro, y llevados con todo viento de doctrina por la maldad de los hombres, por astucia astuta, por la cual se encuentran en espera para engañar "(Ef 4:14).

No tome nuestra palabra para ella - léelo por usted mismo en las enseñanzas de los papas.


Por ejemplo:

Tratándose de determinar los límites de la obediencia, nadie crea que se ha de obedecer a la autoridad de los Prelados y principalmente del Romano Pontífice solamente en lo que toca a los dogmas, cuando no se pueden rechazar con pertinacia sin cometer crimen de herejía. Ni tampoco basta admitir con sincera firmeza las enseñanzas que la Iglesia, aunque no estén definidas con solemne declaración, propone con su ordinario y universal magisterio como reveladas por Dios, las cuales manda el Concilio Vaticano que se crean con le católica y divina, sino además uno de los deberes de los cristianos es dejarse regir y gobernar por la autoridad y dirección de los Obispos y, ante todo, por la Sede Apostólica.
Muy fácil es, por lo tanto, el ver cuán conveniente sea esto. Porque lo que se contiene en la divina revelación, parte se refiere a Dios y parte al mismo hombre y a las cosas necesarias a la salvación del hombre. Ahora bien: acerca de ambas cosas, a saber, qué se debe creer y qué se ha de obrar, corno dijimos, prescribe la Iglesia por derecho divino, y, en la iglesia, el Sumo Pontífice.
Por lo cual el Pontífice, por virtud de su autoridad debe poder juzgar qué es lo que se contiene en las enseñanzas divinas, qué doctrina concuerda con ellas y cuál se aparta de ellas, y del mismo modo señalarnos las cosas buenas y las malas: qué es necesario hacer o evitar para conseguir la salvación; pues de otro modo no sería para los hombres intérprete fiel de las enseñanzas de Dios ni guía seguro en el camino de la vida.
(Papa León XIII, Encíclica Sapientiae Christianae)


"... a fin de que ninguna ficción ni corrupción de dicha ley divina, sino el verdadero y genuino conocimiento de ella ilumine el entendimiento de los hombres y dirija sus costumbres, es menester que con la devoción hacia Dios y el deseo de servirle se junte una humilde y filial obediencia para con la Iglesia. Cristo nuestro Señor mismo constituyó a su Iglesia maestra de la verdad, aun en todo lo que se refiere al orden y gobierno de las costumbres, por más que muchas de ellas estén al alcance del entendimiento humano. Porque así como Dios vino en auxilio de la razón humana por medio de la revelación, a fin de que el hombre, aun en la actual condición en que se encuentra, pueda conocer fácilmente, con plena certidumbre y sin mezcla de error[80], las mismas verdades naturales que tienen por objeto la religión y las costumbres, así, y para idéntico fin, constituyó a su Iglesia depositaria y maestra de todas las verdades religiosas y morales; por lo tanto, obedezcan los fieles y rindan su inteligencia y voluntad a la Iglesia, si quieren que su entendimiento se vea inmune del error y libres de corrupción sus costumbres; obediencia que se ha de extender, para gozar plenamente del auxilio tan liberalmente ofrecido por Dios, no sólo a las definiciones solemnes de la Iglesia, sino también, en la debida proporción, a las Constituciones o Decretos en que se reprueban y condenan ciertas opiniones como peligrosas y perversas].
39. Tengan, por lo tanto, cuidado los fieles cristianos de no caer en una exagerada independencia de su propio juicio y en una falsa autonomía de la razón, incluso en ciertas cuestiones que hoy se agitan acerca del matrimonio. Es muy impropio de todo verdadero cristiano confiar con tanta osadía en el poder de su inteligencia, que únicamente preste asentimiento a lo que conoce por razones internas; creer que la Iglesia, destinada por Dios para enseñar y regir a todos los pueblos, no está bien enterada de las condiciones y cosas actuales; o limitar su consentimiento y obediencia únicamente a cuanto ella propone por medio de las definiciones más solemnes, como si las restantes decisiones de aquélla pudieran ser falsas o no ofrecer motivos suficientes de verdad y honestidad. Por lo contrario, es propio de todo verdadero discípulo de Jesucristo, sea sabio o ignorante, dejarse gobernar y conducir, en todo lo que se refiere a la fe y a las costumbres, por la santa madre Iglesia, por su supremo Pastor el Romano Pontífice, a quien rige el mismo Jesucristo Señor nuestro.
(Papa Pío XI, encíclica Casti Connubii, n ° 38-39)


La gente hoy tiende a creer que la Iglesia puede obligarnos a adherir a su enseñanza sólo en virtud del hecho (y en la medida) que tal enseñanza está garantizada de estar libre de error, de modo que la verdad, aparentemente discernida en privado y obtenida de una tercera fuente, se convierte en el único criterio. Pero tal idea destruye completamente la autoridad docente de la Iglesia, pues decir que un maestro sólo puede hacer que sus estudiantes acepten lo que enseña cuando tal enseñanza es verdadera, es decir que el maestro, como maestro, no tiene autoridad La obligación de aceptar la enseñanza provendría entonces de la propia enseñanza, no del maestro.

Pero nuestro Señor estableció no sólo el enseñar, como los protestantes lo tendrían, sino también un maestro y no cualquier maestro. Él estableció para nosotros una Iglesia con un verdadero oficio de enseñanza, a veces infalible, a veces no infalible, Pero siempre autorizada y vinculante, lo que significa que ella ordena nuestro asentimiento, no en virtud de Fe o infalibilidad necesariamente, pero siempre por lo menos en virtud de su condición de Maestra divinamente nombrada a quien cada miembro de la Iglesia debe ser obediente y a quien cada uno de nosotros tiene la obligación de someter su intelecto y voluntad.

Canonista George Smith establece este punto de manera muy convincente:

Creo que es importante distinguir dos aspectos de la autoridad docente. Puede considerarse como una autoridad in dicendo o una autoridad in jubendo, es decir, como una autoridad que manda el asentimiento intelectual o como un poder que exige obediencia; Y los dos aspectos no son en modo alguno inseparables. Puedo imaginar una autoridad que constituye un motivo suficiente para ordenar el asentimiento, sin poder imponer la creencia como una obligación moral. Un profesor aprendió en algún tema sobre el que soy ignorante (déjame confesar - astronomía) - puede decirme cosas maravillosas sobre las estrellas. Él puede ser a mi conocimiento la autoridad principal - virtualmente infalible - en su propio tema; Pero no estoy obligado a creerlo. Puedo ser tonto, puedo ser escéptico; Pero el profesor no posee esa autoridad sobre mí que hace un deber vinculante aceptar su palabra. Por otro lado, el alumno de escuela que disiente, incluso internamente, de lo que le dice su maestro, es insufriblemente vanidoso, y si no está de acuerdo abiertamente es insubordinado y merece ser castigado. En virtud de su posición como maestro revestido de autoridad, tiene el derecho de exigir el consentimiento obediente de sus alumnos; No sólo porque es probable que sepa más sobre el asunto que aquellos sobre los que está establecido - el podría ser incompetente -, sino porque es delegado por una autoridad legítima para enseñarles.
Sin embargo, no exageremos. Ad imposible nemo tenetur. La mente humana no puede aceptar declaraciones absurdas, ni puede estar obligada a hacerlo. Una declaración puede ser aceptada por la mente sólo con la condición de que sea creíble: que no implica ninguna contradicción evidente, y que la persona que da fe de su verdad es conocida por poseer el conocimiento y la veracidad que lo hacen digno de crédito; Y en ausencia de tales condiciones cesa la obligación de aceptación. Por otro lado, cuando existe una autoridad docente legitimamente constituida, su ausencia no se presumirá a la ligera. Por el contrario, la obediencia a la autoridad (considerada como autoridad in jubendo) predispondrá a la suposición de que están presentes.
Volviendo ahora a la Iglesia, y con esta distinción todavía en mente, nos enfrentamos a una institución a la que Cristo, el Verbo Encarnado, ha confiado el oficio de enseñar a todos los hombres: "Por tanto, enseñad a todas las naciones ... enseñándoles a observar todo Todo lo que yo os he mandado "[Mt 28, 19-20]. En esto radica la fuente de la obligación de creer lo que enseña la Iglesia. La Iglesia posee la comisión divina de enseñar, y de ahí surge en los fieles una obligación moral de creer, fundada en última instancia, no en la infalibilidad de la Iglesia, sino en el derecho soberano de Dios a la sumisión ya la obediencia intelectual ( rationabile obsequium ) De sus criaturas: "El que creyere ... será salvo, pero el que no cree, será condenado" [Mc 16:16]. Es el derecho dado por Dios a la Iglesia de enseñar, y por lo tanto es el deber obligado de los fieles creer.
Pero la creencia, aunque sea obligatoria, sólo es posible con la condición de que la enseñanza propuesta se garantice como creíble. Y por lo tanto Cristo añadió a su comisión enseñar la promesa de la ayuda divina: "He aquí yo estoy con vosotros todos los días hasta la consumación del mundo" (Mt 28, 20). Esta asistencia divina implica que, al menos dentro de una determinada esfera, la Iglesia enseña infaliblemente; Y por consiguiente, al menos dentro de esos límites, la credibilidad de su enseñanza está fuera de toda duda. Cuando la Iglesia enseña infaliblemente, los fieles saben que lo que ella enseña pertenece, directa o indirectamente, al depositum fidei que Cristo le ha confiado; Y su fe se funda así, inmediata o mediatamente, sobre la autoridad divina. Pero la infalibilidad de la Iglesia no obliga, como tal, a la creencia. Su enseñanza es divinamente creíble. Lo que hace que la creencia sea obligatoria es su divina comisión de enseñar.
(Canon George Smith, "¿Debo creerlo?", The Clergy Review, vol. 9 [Abril, 1935], pp. 296-309; subrayado añadido)


A través de los graves errores propagados por los Resistentes de nuestros días, muchos que se consideran verdaderos y tradicionales católicos han perdido de vista el hecho de que la verdadera Iglesia Católica, la establecida por nuestro Bendito Señor, es hermosa - "... sin mancha, ni arruga, ni nada semejante, sino santa e inmaculada" (Efesios 5:27). Ella es Su Novia, inmaculada, totalmente digna de confianza, siempre guiando a sus hijos a salvo a su morada eterna. Para ello, goza de "inmunidad perfecta y perpetua ... de error y herejía" (Papa Pío XI, Encíclica Quas Primas).

Huelga decir que esta descripción obviamente no encaja en la Iglesia del Vaticano II, y ningún Semi-tradicionalista trata a la institución Novus Ordo de esta manera.

Pero supongamos por un momento que los Resistentes tienen razón cuando tratan a la marca de la antigüedad como una condición auto-verificada para que la enseñanza de la Iglesia sea infalible o incluso vinculante y aparte de cual verificación positiva que permite a cada católico suspender el asentimiento hasta que alguien pueda convencerle de lo contrario. ¿Entonces qué? ¿Cómo imaginan que este escenario funcione en la práctica?

Piense en el promedio de los agricultores católicos, jornaleros, soldados o carpinteros en el año 1628. Recibe su instrucción en la fe católica del catecismo aprobado en su diócesis, generalmente a través de su pastor. ¿Cómo sabe él que lo que le están enseñando -por ejemplo, la necesidad de la gracia actual para que cualquier obra sea sobrenaturalmente meritorio- siempre fue enseñado antes? ¿Cómo lo sabría? ¿Se espera que suspenda el apoyo a su familia y que dedique su tiempo a educarse, tal vez primero en leer y escribir en general, y luego aprender latín y luego estudiar la historia de la Iglesia y los antiguos Padres y todos los documentos magisteriales, cuyas copias probablemente no estén en lado alguno cerca de él, y extremadamente caros de conseguir? ¿Y es que si, por ejemplo, no puede encontrar ninguna mención de las indulgencias entre los años 536 y 819, se supone que rechaza lo que su pastor, su obispo y su Papa le están enseñando? ¿Es así como funciona el catolicismo - haciendo que cada individuo sea el árbitro final de lo que se debe creer o mantener? ¿No es esto protestantismo con una chapa católica?

El error de la Resistencia es claramente una novedad cuya plena viabilidad se basa en los avances educativos y tecnológicos de nuestros tiempos. Lo que es tan casualmente reclamado y dado por sentado hoy ("¡Rechazarlo si no está en Tradición!") Por personas como John Salza, John Vennari, Michael Matt o Christopher Ferrara, habría sido una virtual imposibilidad para casi todos los católicos durante casi toda la historia de la Iglesia, hasta tiempos muy recientes.

El error "universal en el tiempo" también es muy conveniente, ya que permite un rechazo a la enseñanza de Novus Ordo mientras que al mismo tiempo se escapa del temido espectro del Sedevacantismo. Pero también es extremadamente peligroso, no sólo porque distorsiona la verdad católica y retuerce el significado de un dogma de la Fe, sino también porque ayuda a mantener viva la secta Novus Ordo, que sólo puede retener su fuerza y ​​credibilidad mientras las personas creen que sus líderes son las autoridades legítimas de la Iglesia Católica y sucesores de los Apóstoles. Los neo-tradicionalistas no son en absoluto una amenaza para la Iglesia del Vaticano II, porque alimentan continuamente a la bestia con su declaración pública de que esta prostituta modernista es de hecho la Novia de Cristo - ¡simplemente "resisten" su impureza!

Todo esto no quiere decir, por supuesto, que la Iglesia pueda enseñar lo que quiera, cualquier herejía o novedad, y debemos tragarla, como ya vimos. Más bien, lo que significa es que la Iglesia está divinamente garantizada de no llevar a sus hijos extraviados, aun cuando su enseñanza no se propone infaliblemente, un pensamiento que debe llenarnos de amor, gratitud, consuelo y devoción, porque la Iglesia es la verdadera Maestra divinamente designada sobre todos los fieles, a veces infalible, pero siempre autorizada, y de su enseñanza no es posible disentir.

La idea, promovida por los Resistentes, impulsada por el hedor de la herejía, el error y la impiedad en la doctrina, el derecho y la práctica de Novus Ordo, por un lado, y la obstinada negativa a considerar el Sedevacantismo como alternativa aceptable por el otro, la Santa Sede necesita una autodenominada niñera, como la Sociedad de San Pío X, un editor de periódicos en Minnesota, o un abogado en Virginia, es totalmente absurda, contraria a la razón, a la enseñanza de la Iglesia, y totalmente impracticable. Hemos demostrado que este es el caso muchas veces en el pasado, pero nos referiremos a sólo tres de nuestros anteriores artículos y artículos sobre este tema:




Resumiendo: San Vicente, con la aprobación de la Iglesia, nos ha dado dos reglas fundamentales que nos permiten discernir la ortodoxia de una doctrina durante una controversia que la Santa Sede todavía no ha resuelto: Si siempre se ha enseñado y creído En el pasado (universalidad en el tiempo); Y si es enseñado y creído por todos (universalidad en el espacio). Cualquiera de estas dos condiciones es suficiente: así dice San Vicente mismo, y para esta explicación tenemos fuentes teológicas de peso, y no admite ninguna alternativa razonable.

En su confusión, los Resistentes Semi-Tradicionales confunden la universalidad en el tiempo como una condición que toda enseñanza debe cumplir para que la Iglesia pueda ordenar el asentimiento, una condición que cada creyente debe verificar aparentemente por sí mismo. Esta posición, sin embargo, no sólo es absurda e inviable, sino que también niega el poder de enseñanza que la Iglesia posee por la institución divina, un poder con el que Cristo Jesús la dotó para que pueda comandar el asentimiento de los fieles por la sencilla razón Que es el Maestro divinamente designado de quien es verdad decir: "El que os oye, me oye" (Lc X, 16) y que tiene la misión divina de enseñar a todas las naciones (véase Mt 28: 19-20). Tal misión sólo puede ser cumplida por la Iglesia si sus miembros tienen la obligación de adherirse a su enseñanza.

El efecto del malentendido acerca del Canon Vicenciano por parte de los neo-tradicionalistas es que ellos sostienen, tanto en la teoría como en la práctica, que la Iglesia puede simplemente enseñar cualquier cosa, y entonces incumbe a cada creyente (o al menos a cada clérigo ). Para repasar esta enseñanza y aplicar la (incomprendida) regla de San Vicente cada vez, para discernir si la doctrina se puede ser sostenida con seguridad. Si la universalidad en el tiempo (antigüedad) no puede ser verificada para una doctrina dada, entonces, según los Resistentes, debe ser descartada, ignorada, minimizada, contradicha, refutada - a menudo bajo pena de perder el alma. Esto, lo hemos visto, es absurdo, inaplicable y en grave contradicción con la enseñanza católica.

Habiendo así expuesto el verdadero significado del Canon Vicenciano, podemos ver la aterradora realidad a la que deben enfrentarse los neo-tradicionalistas, pues es evidente que las herejías y errores del Concilio Vaticano II y del Magisterio posconciliar son claramente enseñados por el consentimiento unánime de todas las personas que reconocen como pastores válidos y legítimas autoridades docentes católicas.

Uno simplemente no puede escapar a la conclusión: La Iglesia de Novus Ordo no es la Iglesia Católica Romana, y sus "Papas" y "obispos" son falsos pastores desprovistos de la Verdadera Fe y de toda autoridad eclesiástica legítima.

San Vicente de Lerins, ruega por nosotros.


Fuente: Novus Ordo Watch

Traducción: Cristo Vuelve





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