sábado, 2 de agosto de 2014

Recordatorio: Indulgencia Plenaria (De la Porciúncula) el 2 de agosto



Indulgencia Plenaria: 
Visita a la iglesia parroquial


Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que visite la iglesia parroquial:
  • En el día de la fiesta titular;
  • El día 2 de agosto, en que coincide la indulgencia de la«Porciúncula».
Una y otra indulgencia podrán ganarse tanto en el día anteriormente designado como en otro día que establezca el Ordinario en provecho de los fíeles.
Gozan de las mismas indulgencias la iglesia catedral y, si la hay, la iglesia concatedral, aunque no sean parroquiales, y también las Iglesias parroquiales.
Las mencionadas indulgencias ya están incluidas en la Constitución apostólica Indulgentiarum doctrina, Norma 15; aquí se han tenido en cuenta los deseos hasta ahora manifestados a la Sagrada Penitenciaría.
En esta piadosa visita, de acuerdo con la Norma 16 de la misma Constitución apostólica, se reza la oración del Señor y el símbolo de la fe (Padrenuestro y Credo).  


Ver Normas generales sobre las indulgencias



Visto en Tradición Católica

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...